A todo esto se suma que el registro dice que se ha enterado "mediante los medios de comunicación" de la interposición de dicho recurso y a su vez los padres, en su afán por desbloquear esta situación que les afecta a nivel familiar y de supervivencia, pues el padre ha recibido una oferta de trabajo fuera de España y que, si la acepta, no puede viajar porque siguen “sin tener Libro de Familia, con un bebé de 35 días en situación de desamparo y sin ningún documento acreditativo”, denuncian a los medios tanta demora y desidia burocrática y recogen firmas online para conseguir su propósito. En suma, un lío de tomo y lomo.
Aunque lo curioso del nombre del bebé, que lleva el de ese mamífero placentario del orden de los carnívoros, pareciera una escena extraída de la película de indios sioux Bailando con lobos o evocara el título del semanario de humor de los últimos años del Franquismo, Hermano Lobo, este caso demuestra el sin sentido del criterio de los órganos judiciales civiles a la hora de permitir a la gente ejercer su libre derecho a llamar a sus hijos como les venga en gana, por absurdo e incomprensible para la judicatura o para el conjunto de la sociedad circundante que resulte el nombre elegido en cuestión.
En la petición del nombre de "Lobo", dirigida a la dirección general, al Juzgado de Fuenlabrada y al Ministerio de Justicia, los padres justifican la elección del nombre por su “amor hacia este animal”, que aúna “fuerza, astucia e inteligencia”, además de estar extendido en otros países. He ahí la clave. Estamos ante un país nada moderno en cuanto a la elección de nombres de pila. Parecen pensar los registros civiles que si ponemos a nuestro hijo "Lobo" o a nuestra hija "Luna" los estamos bautizando de la misma manera que lo hacemos con nuestros animales de compañía. Y en este caso pudiera parecer irrisoriamente que, con tal nombre, el bebé llevara la cualidad de los licántropos por sus venas. Que, por ostentar tal nombradía, pudiera representar el paradigma del hombre-lobo.
Es bien cierto que al igual que llamamos a nuestro hámster "Paco" o a nuestro loro "Pepe", humanizándolos para hacerlos más cercanos a nuestra existencia humana en nuestra convivencia con ellos, también nos sea permitido nombrar de forma un tanto "alternativa" a nuestros vástagos, aunque al común de los mortales nos parezca poco apropiado, y por lo tanto, ahí no debería entrar ningún criterio de censura o prohibición judicial. Lo que sí resulta claro es que este caso va a sentar precedente, judicial y social. Al menos, por lo absurda, injusta e ineficaz que está siendo la resolución del mismo para los protagonistas.
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